lunes, 28 de julio de 2014

RELACION CRONOLÓGICA 

 JURISPRUDENCIA 

 INTERDICTOS   


EVOLUCN DE JURISPRUDENCIA EN MATERIA DE INTERDICTOS 2001 - 2014

SALA TSJ
SENT. N°
FECHA
CONTENIDO


Casación Civil



132



22/05/2001
Desaplica el Artículo 701 CPC por violar el Debido Proceso. Impone el acto de contestación para el 2do día desps dela citación.
Refiere al procedimiento breve para resolver las cuestiones previas.
Exhorta a los Tribunales de instancia a aplicar este criterio.

Constitucional

1770

16/07/2002
Destaca  que  el  criterio  sostenido  por  la  Sala  Civil  en sentencia 132/2001, era sólo sobre dicho caso concreto.

Constitucional

3650

19/12/2003
Ratifica   criterio   d Sala   Constituciona d sentencia
N°1170/2002.


Casación Civil


046


18/04/2004
Amplía  lo  dispuesto  por  la  sentencia   132/2001, calificándolo con efectos erga omnes y ex tunc.
Establece que las cuestiones previas deben ser decididas como punto previo de la sentencia de fondo.

Constitucional

437

22/03/2004
Ratifica   criterio   d Sala   Constituciona d sentencia
N°1170/2002.
Casación Civil
1094
20/12/2006
Ratifica criterio de Sala Civil de sentencia N°0046/2004.




Constitucional




328




07/03/2008
Recurso de Revisión que anula Sentencia 1094/2006 de la Sala Civil.
Ratifica el criterio sostenido por la Sala Civil en sentencia
132/2001, era sólo sobre dicho caso concreto.
Califica el criterio de la sentencia 046/2004 como atentatorio a la jurisprudencia vinculante de la sala sobre los efectos ex nunc de la jurisprudencia.


Constitucional


190


09/03/2009
Recurso de Revisión que anula Sentencia 1042/2006 de la Sala Civil.
Ratifica el criterio sostenido por la Sala Constitucional en sentencia 328/2008.

Casación Civil

0018

11/02/2010
Se pronuncia sobre la sentencia 190/2009 de la Sala Constitucional, indicando que desde esa fecha (09/03/2009) los jueces de instancia deben aplicar el CPC
Con respecto al criterio actual se recomienda ver últimas Sentencias 2014 publicadas en este Blog

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